ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD

ATENTADO CONTRA LA AUTORIDAD

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El delito de atentado contra la autoridad se configura cuando una persona agrede o resiste gravemente a una autoridad, sus agentes o funcionarios públicos, utilizando violencia o intimidación seria, mientras estos desempeñan sus funciones. Es crucial que el autor del delito sea consciente de la condición de autoridad de la víctima en el momento en que comete la infracción.

¿Qué entendemos por «autoridad» y «funcionario público»?
Según el Código Penal español, se considera autoridad a quien, de forma individual o como parte de un órgano colegiado, ejerza mando o jurisdicción propia. Por otro lado, se define como funcionario público a toda persona que realice funciones públicas, ya sea por nombramiento, elección o disposición legal.

Desde la reforma del Código Penal en 2015, esta protección se amplía a profesionales como docentes, sanitarios, miembros de las Fuerzas Armadas, bomberos, personal de equipos de socorro y seguridad privada, siempre que estén debidamente identificados y colaboren bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Sin embargo, si alguno de estos profesionales abusa de sus funciones o se extralimita en su actuación, perdería dicha consideración especial.

Sanciones previstas por el delito de atentado a la autoridad
Las penas varían según la gravedad del delito. Si se comete contra una autoridad, las penas van de uno a cuatro años de prisión, mientras que en los casos contra funcionarios, oscilan entre seis meses y tres años. Las penas pueden agravarse si se usan armas, objetos peligrosos, vehículos a motor, o si el delito ocurre en el contexto de un motín en un centro penitenciario.

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