La edad de acceso de los menores a las redes sociales es un tema que genera mucho debate en la actualidad. El uso de estas plataformas puede tener consecuencias en la privacidad y seguridad de los niños, y esto ha llevado a muchos a cuestionar cuál es la edad adecuada para que los menores comiencen a utilizarlas.
Desde el punto de vista legal, el Reglamento 2019/679 del Parlamento Europeo, establece que la edad mínima para el consentimiento informado en el tratamiento de datos personales es de 16 años. No obstante, los estados miembros pueden establecer una edad inferior siempre que no sea menor a 13 años.
En España, la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos personales y garantía de los derechos Digitales, establece en su artículo 7 que la edad mínima para prestar el consentimiento para el tratamiento de datos personales en el ámbito de servicios de la sociedad de la información es de 14 años, aunque en el caso de los menores de esa edad, el tratamiento solo será lícito si el consentimiento lo prestan los titulares de la patria potestad o tutela.
Además, la Ley de Protección de Datos también establece la obligación de las plataformas de redes sociales de garantizar el respeto al derecho a la imagen y privacidad de los menores. Esto incluye el establecimiento de mecanismos de control parental y la adopción de medidas para evitar la publicación de contenidos que puedan resultar perjudiciales para los menores.
Por lo tanto, es responsabilidad de los padres y tutores establecer medidas de control y supervisión para garantizar la seguridad de los menores, y de las plataformas de redes sociales asegurar el respeto a los derechos de privacidad y protección de datos de los menores.
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